Reglamento interno del Coro Sinfónico



REGLAMENTO

CORO SINFÓNICO NACIONAL


El Coro Sinfónico Nacional, fundado en Abril de 1974,  es la Unidad Técnica del Centro Nacional de la Música cuya finalidad es permitirle a la Orquesta Sinfónica Nacional programar y consecuentemente difundir en sus temporadas el vasto repertorio que existe para coro y orquesta. El Coro participa también en la programación que ejecuta la Compañía Lírica Nacional, de acuerdo con los requisitos de cada temporada de ópera.

Según lo expresa el Estatuto Orgánico de la Orquesta Sinfónica Nacional (Decreto Nº 26994-C, capítulo tercero, sección tercera, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 91 del Miércoles 13 de Mayo de 1998), el Coro Sinfónico Nacional contará con un Director Artístico, el personal artístico (coristas) que se considere necesario, y los Preparadores Vocales. El Director Artístico y los Preparadores Vocales constituyen la Comisión Artística del Coro.

Con el objeto de ofrecer lineamientos claros y concisos que permitan un funcionamiento armonioso del Coro y un desarrollo productivo de sus tareas artísticas, se establece el presente Reglamento del Coro Sinfónico Nacional:

1.  DE LAS AUDICIONES

  1. El Coro Sinfónico Nacional realiza dos tipos de audiciones: para ingreso de nuevos integrantes, y para decidir la continuidad o permanencia de un integrante que sea miembro activo del Coro en determinado momento.
  2. Las audiciones para ingreso de nuevos integrantes se realizan por lo general en el mes de febrero, con el fin de reclutar cantantes que se incorporen a las tareas artísticas del Coro desde el inicio de la temporada oficial. Estas audiciones las programa el Director del Coro y las realiza junto con los Líderes de Sección del Coro, quienes integran la Comisión Técnica del Coro (Artículo 43, Sección Tercera, Capítulo Tercero del Estatuto Orgánico de la Orquesta Sinfónica Nacional, aprobado según Decreto Ejecutivo N° 26994-C del 13 de Mayo de 1998). La audición le permite a ésta Comisión escoger entre los postulantes a aquellas personas que tengan una afinación, tipo y registro de voz idóneos para formar parte del Coro. La edad mínima para ingresar al Coro es 18 años cumplidos y la máxima de 45 años de edad.
  3. Los nuevos integrantes ingresarán por un período de prueba de aproximadamente un mes de duración durante el cual el Director y los Líderes de Sección evaluarán el proceso de ajuste del cantante al trabajo de su sección y del Coro. Es importante resaltar que el proceso de audiciones permite seleccionar a las personas que poseen la afinación, el tipo de voz y registro aptos para ingresar al coro, pero no provee información sobre la capacidad de la persona para aprender el repertorio sinfónico coral y poder cumplir sus exigencias. Durante este período de prueba el Director y sus asistentes podrán determinar si la persona logra vencer las dificultades y convertirse realmente en un integrante que apoye el trabajo que realiza la sección a la cual fue admitido en prueba.
  4. Si el nuevo integrante no logra adaptarse al trabajo requerido por su sección, el Director le comunicará ésta situación y podrá, si así lo desea someterse a una audición que determine su dominio sobre el repertorio que se haya ensayado y sus exigencias. El Director convocará a los Líderes de Sección y realizarán una audición extraordinaria que evalúe si el nuevo integrante puede o no continuar en el Coro. Si el integrante del Coro no desea realizar la audición o no asiste a la misma, se tendrá como finalizada su participación en el Coro.
  5. Las audiciones para decidir la continuidad o permanencia de un integrante que sea miembro activo del Coro se realizarán cuando el Director así lo considere pertinente. El Director tiene la potestad de convocar a  audiciones a todos los integrantes activos o a algún integrante en particular, si -según su criterio- el rendimiento del cantante ha dejado de ser idóneo para el trabajo que debe cumplir dentro de la sección a la cual pertenece. También podrá el Director ejercer dicha potestad cuando se presenten otras circunstancias, tal como ausencias prolongadas del integrante activo por razones diversas, u otras que a juicio del Director afecten el rendimiento del Coro.
  6. Cuando el integrante activo del Coro cumpla 60 años, a partir de esa edad debe realizar una audición anual al principio o final de la temporada, según decida el Director, para evaluar su capacidad de continuar como miembro activo del Coro.
  7. El Director puede llamar a audición a cualquier integrante activo con la finalidad de conocer el estado de su voz y su registro, y para evaluar la calidad de su participación dentro de la sección del Coro a la que pertenezca.
  8. Además de evaluar en estas audiciones el estado y registro de la voz del cantante mediante ejercicios vocales, se hará uso también de repertorio sinfónico coral que el cantante haya interpretado recientemente con el Coro, para ayudar a determinar si el cantante está en condiciones de ejecutarlo con propiedad.
  9. La decisión que tomen el Director del Coro y sus Líderes de Sección con base en dichas audiciones será inapelable.
  10. Tanto el cantante de nuevo ingreso como el integrante activo deben entender que al iniciar cualquier temporada se unen al grupo para apoyar el trabajo del Coro durante la temporada anual completa, en la interpretación del repertorio universal, de obras comisionadas o cualquier otro repertorio escogido por la dirección artística y aprobado por la Orquesta Sinfónica Nacional. El cantante se compromete a hacer su mejor esfuerzo para participar con el Coro durante toda la temporada.
  11. Las audiciones para evaluar el desempeño de los Líderes de Sección las realizará el Director Artístico del Coro junto con el Director de la Compañía Lírica Nacional, y el Director Titular de la OSN o en su defecto el Director Académico del Instituto Nacional de la Música.
  12. Para mayor información sobre el ingreso de nuevos integrantes se debe consultar el Manual de Audiciones que es parte del Programa de Control Interno del Coro Sinfónico Nacional.


2.  DE LOS ENSAYOS

  1. El período de trabajo del Coro Sinfónico Nacional comienza el lunes de la tercera semana de febrero y finaliza durante la tercera semana de diciembre, a menos que la programación o la Dirección especifiquen otras fechas.
  2. Los ensayos del Coro Sinfónico Nacional son los días lunes, miércoles y jueves de cada semana.  La asistencia es obligatoria.  Al integrante se le permiten hasta tres ausencias por mes.  No obstante, queda a criterio del director si el integrante ha logrado mantenerse al nivel de su sección a pesar de sus ausencias, y puede continuar los ensayos.
  3. Cuando el Coro se presenta con Orquesta, los ensayos coro-orquesta se  realizarán generalmente los cinco días hábiles anteriores a la primera presentación.  La asistencia es obligatoria. El cantante que no asista al ensayo general no podrá participar en el concierto. El ensayo general es el último ensayo que se realice antes de cualquier concierto del Coro.
  4. Los ensayos del Coro Sinfónico Nacional se realizarán, lunes de 7:00 pm  a 9:00 pm, miércoles y jueves, 6:30 pm a 9:00 pm, con excepción de los ensayos con Orquesta que serán desde las 6:30 pm hasta las 9:30 pm.
  5. Cualquier ensayo fuera de los días u horario mencionados será acordado con los integrantes del  Coro.
  6. El descanso fijado es de quince minutos cada día de ensayo.
  7. Los ensayos del Coro Sinfónico Nacional se realizarán en las instalaciones de la Orquesta Sinfónica Nacional, sita 100 oeste, 100 sur y 100 oeste del antiguo Colegio Lincoln en Los Colegios, Moravia, con excepción del día que precede a un concierto con orquesta, en cuyo caso el ensayo se realizará en el recinto respectivo. Los ensayos de los montajes escénicos en los que el Coro participe se realizarán donde indique la Compañía Lírica Nacional.
  8. Está prohibido traer acompañantes o invitar a personas ajenas al Coro a los ensayos regulares o a los ensayos con la Orquesta, sin la autorización del Director. El ensayo es un tiempo de trabajo y debe ser tratado como tal.


3.  DE LOS CONCIERTOS

  1. Los integrantes del Coro deben asistir a todos los conciertos independientemente del lugar donde el concierto se efectúe.
  2. Todo integrante del Coro debe presentarse con cuarenta y cinco minutos de antelación al inicio del concierto en el lugar que el Director del Coro indique para proceder al calentamiento.
  3. El cantante que no asista a un concierto del Coro sin presentar una justificación de peso pierde su derecho a continuar con el Coro. La razón de ser del grupo son los conciertos, por lo cual es de suma importancia que los que hagan todo el ciclo de ensayos participen en los conciertos y sean de apoyo para su respectiva sección.
  4. Para montajes líricos, obras escénicas o conciertos de cámara, los miembros del Coro Sinfónico Nacional son elegidos por el Director del Coro y deben asistir a todos los ensayos y funciones.


4.  DEL UNIFORME

  1. El uniforme del Coro Sinfónico Nacional deberá ser utilizado únicamente en conciertos del coro.
  2. El uniforme consta de Toga limpia y planchada. Además:
    1. Caballeros: Camisa blanca de manga larga, sin adornos ni accesorios adicionales, abotonada hasta el cuello.  Pantalón negro de corte recto sin dobleces en el ruedo (no jeans ni pantalones desteñidos), corbata negra lisa, faja negra, medias negras y zapatos de cuero negros.  No se permiten cadenas visibles en el cuello.
    2. Damas: Blusa blanca de manga larga, sin adornos, sin bordados en el cuello, sin accesorios adicionales, abotonada hasta el cuello; pantalón negro (no jeans ni pantalones desteñidos), medias de nylon negras o piel y zapatos cerrados negros de cuero.  Los adornos para el cabello deben ser pequeños, negros, café, carey, o transparentes.  No se permiten cadenas visibles en el cuello.  Los aretes deben ser de “bolita” o pequeños.
  3. Las togas se entregan la semana anterior a cualquier concierto y se recogen en el sitio del concierto inmediatamente después de finalizado el programa.
  4. El integrante del coro que no cumpla con el uniforme establecido no podrá cantar en el concierto.


5.  DE LA MÚSICA

  1. La música que se reparte durante los ensayos del Coro Sinfónico Nacional es propiedad de la institución.  No es posible rayarla con marcadores y lapiceros ni maltratarla. Únicamente se podrán hacer anotaciones con lápiz.
  2. Al final de cada ensayo el integrante del Coro depositará  la partitura en la caja correspondiente a su cuerda.  Asimismo al final de cada concierto serán depositadas  donde el ayudante del Coro o el/la secretario(a) lo indiquen.
  3. Queda terminantemente prohibido tomar la  partitura que no le corresponde, sin el permiso previo de el/la secretario(a).
  4. Si el cantante desea llevar la partitura consigo para sacar su propia copia debe solicitar permiso al Director del Coro.


6.  DE LA DISCIPLINA Y ORDEN

  1. Los ensayos del Coro Sinfónico Nacional deberán llevarse a cabo en orden y silencio siempre por respeto al trabajo, a los demás compañeros y al director.
  2. El integrante del Coro que llegue una vez comenzado el ensayo deberá esperar a que el Director le permita ocupar su silla.  Sin embargo, deberá ingresar al salón y vocalizar.
  3. El integrante del Coro deberá avisar al Director o a el/la secretario(a) si va a faltar a algún ensayo con el fin de tomar las previsiones del caso. En caso de que el cantante tenga que retirarse por una temporada o por parte de la temporada, la justificación deberá presentarse por escrito
  4. Los Jefes de Sección son asistentes del Director y tienen autoridad para dirigir los ensayos, llamar la atención y acomodar a los miembros de su sección en el lugar que estimen conveniente.
  5. Está terminantemente prohibido presentarse a ensayos o conciertos oliendo a alcohol o bajo los efectos del mismo.
  6. Será responsabilidad de cada integrante mantener siempre una adecuada higiene corporal, y en especial bucal para no molestar a los compañeros que canten a su alrededor.
  7. Está terminantemente prohibido fumar, comer o beber en los salones de ensayo.  Los servicios sanitarios, jardines, pasillos y salones de ensayo deben ser mantenidos en forma impecable y la basura sólo se debe botar en los basureros.  La limpieza y el cuidado de las instalaciones son responsabilidad de todos.
  8. Durante los conciertos no será posible hablar, saludar al público, o ninguna otra conducta impropia que afecte negativamente la imagen del Coro. Las alarmas de relojes, teléfonos o beepers deben ser desactivadas antes de ingresar al escenario
  9. Cualquier sanción o medida disciplinaria será competencia del Director del Coro y de los Jefes de Sección
  10. Cualquier cambio, modificación o excepción a este reglamento es competencia del Director del Coro y deberá contar con la aprobación de la Junta Directiva del Centro Nacional de la Música.



Noviembre, 2006

 

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